¿QUÉ SON LOS SERVICIOS OPEA? (I): CREACIÓN DEL SERVICIO

Ya hace tiempo que habíamos prometido hacer un monográfico sobre los servicios OPEA (Orientación para el Empleo y Asistencia al Autoempleo). Aunque llevan ya bastante tiempo implantados en el conjunto del territorio nacional, muchas personas desconocen todavía su existencia, y dado que pueden servir de ayuda a los demandantes de empleo, hablaremos durante unos cuantos posts de estos servicios con el fin de conocerlos mejor.

Uno de los antecedentes más importantes es la creación de los Servicios Integrados para el Empleo (SIPE). Aparecen con el objetivo fundamental de organizar y articular las políticas activas de empleo. Son servicios de información, orientación, formación y acompañamiento activo en la búsqueda de empleo, con una atención directa y personalizada, pudiendo ser públicos o privados. Los SIPE se implantan a partir de la publicación del Real Decreto 735/1995 de 5 de mayo (BOE nº 109 del 08/05/95), junto con la creación y aprobación de las Agencias de Colocación, de las cuales hablaremos en siguientes artículos.

Los objetivos que se planteaban en la redacción del Real Decreto eran los siguientes:

Analizar el mercado de trabajo
– Calificar profesionalmente a los demandantes de empleo.
– Realizar planes de formación profesional ocupacional
– Ayudar en la búsqueda activa de empleo
– Elaborar programas mixtos de empleo-formación
– Elaborar planes específicos para la adquisición de experiencia profesional
– Informar y asesoran para el autoempleo
– Impulsar nuevas iniciativas de inserción en el mercado laboral

En la inmensa mayoría de los casos los servicios de orientación pertenecientes al SIPE pasaron a llamarse programas IOBE (información y orientación para la búsqueda de empleo). Este tipo de servicios se llevaban a cabo en entidades sin ánimo de lucro (por ejemplo, fundaciones, ONG´s…) o por administraciones públicas, tales como Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, etc…

Siguiendo la misma filosofía de actuación se publica la Orden de 20 de enero de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo. En este momento cuando las acciones pasan a llamarse OPEA, pero básicamente siguen guiándose con los mismos parámetros que los IOBE.

Hasta el momento, los servicios de orientación han seguido con la misma denominación y gestionados por los servicios autonómicos de empleo, independientemente de que cada Comunidad Autónoma ofrezca a sus demandantes de empleo otros recursos complementarios para la mejora de la empleabilidad. La excepción son el País Vasco y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, que al no tener transferidas las competencias en materia de empleo dependen del Servicio Público de Empleo Estatal para este tipo de acciones.

En todo caso, el contacto con los gabinetes OPEA se suele hacer a través de las oficinas de empleo, donde se le da cita al demandante para que acuda a las sesiones de orientación.

En el próximo post ampliaremos esta información y veremos de manera más pormenorizada las características de las acciones OPEA, así como las competencias que, según la Administración, deben tener y desarrollar los técnicos en orientación.

Oliver Serrano León

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