Sergio Martín Corzo
REAL MADRID: ¿CAMBIAR TODO PARA QUE NADA CAMBIE?
Cito aquí este texto porque creo que se puede aplicar perfectamente al modelo que sigue en nuevo presidente del Real Madrid, Florentino Pérez. Por supuesto que hay cambios con respecto a su predecesor, Ramón Calderón, pero por las noticias que nos llegan diariamente de los medios de comunicación, Pérez va a seguir la misma estrategia que en su anterior mandato, del 2000 al 2006.
No cabe duda que el actual presidente del equipo merengue es un gran empresario, no hace falta que nos explayemos demasiado citando sus virtudes, pero sí resumiremos en unas pocas líneas las bases de su gestión anterior:
Pérez fue capaz de triplicar los ingresos por marketing, debido a la buena gestión de la marca Real Madrid, su conquista del mercado asiático y la llegada de los jugadores “galácticos”. Precisamente una de los principales axiomas de la gestión de Florentino era fichar a los mejores jugadores del mundo (no sólo mejores jugadores, sino los más mediáticos, como por ejemplo Ronaldo o Beckham). Por otro lado, fue capaz de hacer desaparecer la deuda histórica del equipo (unos 50.000 millones de las antiguas pesetas) gracias a la permuta de los terrenos en donde se situaba la Ciudad Deportiva.
Básicamente, la filosofía del actual presidente eran sanear la economía del club, generar más ingresos que gastos (como toda empresa que se precie), hacer conocer al Madrid en el mundo entero y ganar todos los títulos posibles.
Nada más llegar a la presidencia, Florentino ha vuelto a calentar las rotativas de la prensa y los debates con los fichajes de Kaká y Cristiano Ronaldo; en total ha gastado unos 150 millones de euros. No vamos a polemizar sobre la conveniencia de la suma de dinero invertida en estas estrellas, sino en si se puede compatibilizar un modelo de gestión económico como éste con el modelo de gestión deportiva del equipo.
¿Asegura la llegada de dos estrellas el éxito deportivo del equipo? En matemáticas, 2+2 son 4, pero en el deporte, y más aún en el mundo del fútbol, la suma de buenos jugadores no tiene porqué llevar necesariamente al éxito. Recordemos que uno de los motivos de la dimisión de Florentino Pérez en febrero del 2006 fue no haber ganado ningún título en los tres años anteriores.
Hay varios factores, independientemente de la inversión millonaria en jugadores, que pueden ayudar al éxito del equipo (hablaremos de dos):
La estabilidad: el Real Madrid ha tenido en los últimos veinte años a 23 entrenadores diferentes; ¿Y si esto ocurriera en el mundo de la empresa? ¿Tendría éxito una empresa si cada año cambiara su director? Por desgracia en el deporte mandan los resultados a corto plazo, pero tantos cambios en tan poco tiempo no ayudan demasiado. El club necesita de un periodo en el que los directivos otorguen confianza a jugadores y equipo técnico.
La promoción interna: todos conocemos sus ventajas e inconvenientes en el mundo de la empresa, pero ¿qué pasa en el fútbol? El Real Madrid necesita cambiar la política de gestión de la cantera, ya que, como hemos visto en otros equipos, conlleva algunas ventajas muy claras: jugadores muy baratos, formados en las filas del club y que sienten los colores.
¿Caerá el presidente en los mismos errores que en el pasado? No lo podemos saber, el tiempo y los acontecimientos nos lo harán saber. Florentino deberá examinar qué pasó antes de que dimitiera para lograr una mejor gestión del equipo; El Real Madrid genera beneficios económicos, ¿pero logrará títulos?
Oliver Serrano León
ACLARANDO CONCEPTOS SOBRE EL PARO (VIII): ¿QUÉ OCURRE SI ENCUENTRO TRABAJO MIENTRAS COBRO EL PARO?
Queremos hoy hablar un poco de la situación que se produce cuando una persona que está cobrando el paro (ya sea prestación o subsidio) encuentra un trabajo. Habitualmente es una situación que genera un poco de ansiedad por el temor a “perder lo cotizado” o “perder el paro que me quedaba”.
En primer lugar nos gustaría aclarar que nunca se “pierde” ninguna cotización; otro asunto es si esos meses cotizados nos dan derecho o no a algún tipo de percepción económica de protección social. A continuación pasaremos a ver los diferentes tipos de situaciones que se pueden dar:
a)Encontramos trabajo a tiempo completo: en el caso de estar cobrando una prestación por desempleo, todo dependerá de la duración del contrato del trabajo que hemos encontrado; si el contrato es de duración inferior a un año, una vez finalizado éste podemos reanudar la prestación que nos había sido otorgada al inicio de la situación de desempleo.
Por otro lado, si la duración es superior al año, podemos ejercer el derecho de opción, esto es: reanudamos el paro que nos quedaba o bien renunciamos a él y pasamos a cobrar una nueva prestación que se ha generado con los meses cotizados en el nuevo puesto de de trabajo.
Tenemos que tener en cuenta que, en cualquier caso, si en el ejercicio de derecho de opción escogemos la prestación antigua, los meses cotizados por el nuevo contrato no computarán para una nueva prestación. Pongamos unos ejemplos:
-Juan tiene derecho a prestación por desempleo durante 8 meses, pero al 4 mes de cobrar el paro consigue un trabajo de 6 meses; en este caso la única opción es retomar los 4 meses restantes que le quedan de prestación.
-Ana tiene derecho a prestación por desempleo durante 18 meses, y al noveno mes consigue un trabajo que cuyo contrato va a durar 2 años. En este caso, Ana puede optar por cobrar la nueva prestación (2 años = 8 meses) o reanudar la antigua (9 meses).
No siempre es más factible elegir la prestación más larga, ya que el paro a cobrar dependerá de la base de cotización, y ésta puede ser sustancialmente diferente en un caso u otro.
En el caso de estar cobrando el subsidio por desempleo, la única opción es la reanudación del mismo, siempre y cuando el contrato o contratos que se hayan tenido no superen el año, ya que entonces deberíamos solicitar una nueva prestación por desempleo, al haber cotizado los días suficientes para ello. La única excepción se da en los mayores de 52 años, a los que se les permite compatibilizar el cobro del subsidio y el sueldo del trabajo, siempre y cuando el contrato sea superior a 3 meses.
En ningún caso se reduce la duración de la prestación, y al finalizar el contrato volveríamos a cobrar lo mismo que antes de iniciar el mismo. Al igual que en los casos de trabajo a tiempo completo, también tenemos la opción de interrumpir la prestación, reanudarla luego o solicitar una nueva, según el tiempo cotizado.
Los perceptores del subsidio por desempleo se encuentran en la misma situación que los de la prestación, con la excepción de que su sueldo nunca debe superar el 75% del SMI (468 €), ya que si no se superaría el límite de rentas, uno de los requisitos básicos a la hora de solicitar el subsidio.
ALUMNOS EN PRÁCTICAS (I): ASPECTOS FORMALES PARA SU INCORPORACIÓN
ACLARANDO CONCEPTOS SOBRE EL PARO (VII): QUÉ OCURRE CON EL PARO SI ESTOY DE BAJA MÉDICA
Vamos a hacer hincapié en diferenciar las IT por enfermedad común o accidente no laboral, bajas por enfermedad o accidente laboral y las bajas por maternidad, ya que las situaciones que se van a generar son diferentes.
Bajas por maternidad o paternidad: el procedimiento es bastante sencillo; al iniciar la situación de maternidad se suspenden las prestaciones por desempleo y las madres o padres pasan a cobrar la prestación que abona el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Una vez que ha concluido el periodo de maternidad, se reactivan las prestaciones por desempleo con la misma duración y cuantía que quedaban pendientes en el momento de la suspensión.
Si estamos cobrando el subsidio por desempleo, sólo habría que presentar los partes de baja a los Servicios Públicos Estatales de Empleo con el fin de que la demanda de empleo quede temporalmente suspendida (no nos llamarán para ofertas de empleo ni para actividades formativas). En todo caso, no se ve afectada la cuantía ni la duración del subsidio, ni tenemos derecho a la prestación de la Seguridad Social.
En último lugar, si la situación de maternidad o paternidad se producen antes de acabar un contrato, seguiremos percibiendo las prestaciones de la seguridad social, y una vez que éstas finalicen, solicitaremos a la oficina de empleo la prestación o subsidio en el caso de que tengamos derecho a alguna de ellas.
Bajas por enfermedad común o accidente no laboral: en el caso de que estemos cobrando una prestación por desempleo, ésta no se modifica ni en su duración ni cuantía, aunque la demanda de empleo queda suspendida temporalmente. Si agotamos la prestación y seguimos en situación de IT, la Seguridad Social nos abonará un importe equivalente al subsidio por desempleo (el 80% del IPREM, 421,79€ mensuales) hasta que estemos de alta; un vez que ocurra esto, podríamos tener derecho a solicitar el subsidio al haber agotado la prestación, siempre y cuando tengamos ese derecho.
Si estamos cobrando un subsidio y comenzamos una situación de IT, al igual que en el caso de la maternidad, no tendremos derecho a percepciones económicas de la Seguridad Social.
En el caso de que la situación de IT se produzca durante un contrato y éste termine, seguiremos cobrando la prestación de la Seguridad Social, aunque modificándose el importe pasando a ser el correspondiente a la prestación por desempleo, siempre y cuando hubiéramos tenido derecho a ella (recordemos que es el 70% de la base reguladora). Los servicios de empleo cotizarán a la Seguridad Social durante este tiempo, pero se nos descontará el tiempo de percepción de prestaciones desde que finaliza el contrato hasta que tenemos el alta médica.
Bajas por enfermedad o accidente laboral: en estos casos no hay descuento temporal, pero los servicios de empleo no cotizan por nosotros durante el tiempo que transcurre entre el fin del contrato y el alta médica.
Si el derecho que tenemos es a cobrar subsidio y no prestación, independientemente de la causa de la IT, no habrá descuento temporal de la percepción económica ni los servicios de empleo cotizarán por nosotros, al igual que en el último caso descrito.
Estas situaciones son las más comunes y las que, al mismo tiempo, suelen generar más dudas entre los ciudadanos. Como siempre, recomendamos visitar la página de los Servicios Públicos Estatales de Empleo, donde encontraremos más información y enlaces a la legislación vigente.
Saludos y hasta la próxima.
Oliver Serrano León.
EL COPIAR Y PEGAR SE VA A ACABAR
Recuerdo que cuando estaba en la facultad, hace ya unos diez años, tenía la suerte de disponer de conexión a Internet en mi casa (eso sí, nada de ADSL ni cosas por el estilo). Alguna vez se me ocurrió consultar información de algunas asignaturas, pero en aquella apenas había nada en la red en español de Psicología o ciencias afines.
Con la llegada de la web 2.0, y ya desde hacia varios años, la cantidad de información disponible en Intenet ha tenido una progresión geométrica; sólo nos basta con mirar en Google o en la Wikipedia acerca de un tema para, en pocos segundos, tener a nuestra disposición textos, artículos de prensa o científicos que nos puedan ayudar para nuestros menesteres. El problema surge cuando no miramos esa información para completar un trabajo propio, sino que plagiamos literalmente el texto que sale en pantalla.
Por desgracia, en los últimos años esto se ha convertido en una mala costumbre, nada de perdernos en una biblioteca o rescatar información de enciclopedias; en un par de minutos de búsqueda en Internet obtendremos todo lo que queramos y más, y si somos un poco listos le daremos unos retoques para que no se note mucho. Hay alumnos, sobre todo de secundaria, que ni se molestan en retocar el texto, y en las páginas impresas aparecen los datos de la página web de donde se extrajo (ya me lo han comentado varios docentes).
Approbo es una aplicación online multiplataforma (Windows, Mac, Linux) que automatiza los procesos para saber qué partes de un texto son originales o no. La comparación se realiza en cualquier formato textual y su funcionamiento es sencillo. Basta con subir el archivo a Approbo. En cuestión de minutos (según la velocidad de conexión) el programa, que funciona desde cualquier navegador de Internet, da su veredicto: si la copia es íntegra o parcial, y de qué fuentes proviene. La búsqueda de documentos se hace en Google, es decir, compara con los millones de webs que indexa el buscador.
Creo que se trata de una herramienta muy interesante, sobre todo por dos causas: en primer lugar, se protege mucho más la propiedad intelectual, y en segundo lugar, dificulta mucho más el plagio o la copia directa de los textos. Recuerdo que de pequeño cuando tenía que hacer un trabajo para clase, era un auténtico placer para mí abrir uno de esos libros antiguos y pesados que tenía mi padre para consultar información; el olor de las tapas, las fotos en blanco y negro y sobre todo la cantidad de referencias que uno podía encontrar era una maravilla.
¿Hemos perdido el placer de investigar, leer y extraer información? No lo sé, pero por lo menos procuraré que mi hijo sienta lo mismo que sentía yo y que lo disfrute.
ACLARANDO CONCEPTOS SOBRE EL PARO (VI): LA RENTA ACTIVA DE INSERCIÓN (RAI)
AUMENTAR LA FACTURACIÓN O DESARROLLAR LOS RECURSOS HUMANOS: ¿ASPECTOS CONTRADICTORIOS O COMPLEMENTARIOS?
Hace un tiempo, un alto directivo de una conocida empresa, me comentaba su interés por modernizar su antiguo departamento de personal, dedicado exclusivamente al pago de nóminas y contrataciones, para afrontar el rápido desarrollo y expansión que han tenido en los últimos años y que prevén para los próximos.
La situación económica actual ha hecho que vuelquen grandes esfuerzos para aprovechar nuevos nichos de mercado y afianzar posiciones frente a sus competidores. Su lema es “ver la crisis como oportunidades para su empresa”, lo que comparto y me parece muy acertado.
El hecho es que, su proyecto de “revolución humana” ha quedado en un segundo plano, no por los costes que puede generar, sino por la espiral de trabajo en la que ha entrado la empresa en este momento. Lo más curioso del tema es que la facturación de millones de euros mensuales se ha mantenido en una época difícil como esta, reforzando su decisión, y para ello, no se ha dado ni un sólo curso de formación, no se conocen las competencias de sus empleados, no se ha evaluado el desempeño de la plantilla,….
Aunque estén comprometidos con el cambio, la realidad diaria no ha permitido que se produzca. Y en este punto podríamos utilizar la frase de “por qué cambiar algo si ya funciona”, o “las empresas han de adaptarse al cambio y aprovechar las oportunidades”, tal y como están haciendo ellos.
¿Estaremos equivocados, entonces, los técnicos de Recursos Humanos vendiendo la importancia de la gestión moderna de nuestros mayores activos, los empleados?
Bajo mi opinión, el aprovechamiento de las oportunidades que está haciendo esta empresa posicionándose estratégicamente y cerrando importantes contratos es una gran decisión, “ante la depresión, acción”. Pero podemos estar encontrándonos ante una estrategia cortoplacista, que, antes o después, terminará encontrando problemas en el camino: personal no reciclado y anticuado en sus conocimientos y metodologías, con lo que se puede mermar su productividad, aumento de la rotación de personal y fuga del talento por inexistencia de planificación de carreras, por desmotivación y bajas posibilidades de ascensos con validez aparente, a través de valoraciones del desempeño y del potencial, ,…pérdida de importantes negocios por inexistencia del personal necesario al carecerse de una adecuada planificación para las nuevas incorporaciones, retraso en la operatividad de los nuevos empleados por ausencia de un plan de acogida,…..
En definitiva, pienso que actualmente las empresas no han de adaptarse a los cambios sino “producir los cambios, formar parte de ellos y guiarlos hacia donde desean»
En el caso que nos ocupa, sería muy interesante introducir la variable del equilibrio entre facturación y desarrollo humano, y utilizar la “fórmula del éxito” planteada por Ferrán Soriano (presidente de Spanair, antiguo VP y DG del F.C. Barcelona y autor del libro La pelota no entra por azar)
COMPROMISO por EQUILIBRIO elevado al TALENTO.
Sergio Martín Corzo
ACLARANDO CONCEPTOS SOBRE EL PARO (V): LOS DIFERENTES TIPOS DE SUBSIDIOS POR DESEMPLEO
Primero recordaremos las principales características comunes de los subsidios: se trata de ayudas asistenciales y de carácter no contributivo (no se cotiza a la seguridad social por jubilación), y en todo caso, como conditio sine qua non, para cobrarlas no podemos tener derecho a cobrar una prestación contributiva.
También conviene destacar que, por norma, la cuantía del subsidio se calcula obteniendo el 80% del IPREM anual que corresponda. En el año 2009, el subsidio se sitúa en 421,79 €.
Los requisitos comunes para todos los tipos de subsidios serían los siguientes:
-Haber trabajado menos de un año (como decíamos, antes, en consecuencia, no tener derecho a prestación por desempleo).
-Tener al menos 6 meses cotizados (en el caso de que hubiese responsabilidades familiares, la condición se reduce a 3 meses).
-En todo caso, se debe carecer de rentas que superen el 75% del salario mínimo interprofesional (468 euros). Par el cálculo sumaremos los ingresos que haya en la unidad familiar y lo dividiremos por el número de miembros de una unidad. Por ejemplo, si en casa somos 4 personas y hay ingresos por un valor de 1200 euros, dividimos esta cantidad entre 4 y nos da 300 euros, que al ser inferior a los 468, nos da derecho a cobrar el subsidio.
En cuanto a la duración del subsidio, inicialmente y por norma general es de 6 meses, aunque es prorrogable otros 12 meses más hasta los 18. A partir de aquí, enumeramos una serie de excepciones para distintos tipos de situaciones de la persona desempleada:
Mayores de 45 años: en este caso, y por tratarse de un colectivo de difícil inserción, hay varios aspectos a tener en cuenta:
-Los mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrán además derecho a otra prórroga de 6 meses, hasta totalizar 24 meses.
-Los mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrán además derecho a dos prórrogas de 6 meses cada una, hasta totalizar 30 meses.
-Los mayores de 45 años que hayan agotado la prestación contributiva máxima (24 meses), a diferencia de otros colectivos verán aumentada la cuantía del subsidio según las cargas familiares del demandante de empleo:
o Con un familiar o ninguno a su cargo, el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM): 421,79 euros/mes en 2009.
o Con dos familiares a su cargo, el 107% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 564,14 euros/mes en 2009.
o Con tres o más familiares a su cargo, el 133% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 701,22 euros/mes en 2009.
Personas que no hayan cotizado el tiempo mínimo para percibir una prestación:
Es uno de los casos más habittualesEstá en función del número de meses cotizados y de si se tienen o no responsabilidades familiares:
· En el caso de que el trabajador tenga responsabilidades familiares:
3, 4 o 5 meses, si se han cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
21 meses, si se han cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, prorrogables por iguales períodos hasta su duración final).
· En el caso de que el trabajador no tenga responsabilidades familiares, 6 meses si se han cotizado 6 o más meses.
Oliver Serrano León
ACLARANDO CONCEPTOS SOBRE EL PARO (IV): ¿CUÁNTO TIEMPO ME CORRESPONDE COBRAR DE PRESTACIÓN POR DESEMPLEO?
Por desgracia, una de las conversaciones que más se pueden oír entre las personas que se encuentran en situación de desempleo gira en torno al tiempo que queda por cobrar de paro. Queremos hoy, de forma resumida, pasar a comentar la forma de calcular cuánto tiempo le corresponde cobrar a estas personas.